OBSERVACIONES: Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales pueden dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV; http://wwwumes/adyv/) para recibir la orientación o asesoramiento oportunos para un mejor aprovechamiento de su proceso formativo De igual forma podrán solicitar la puesta en marcha de las adaptaciones curriculares individualizadas de contenidos, metodología y evaluación necesarias que garanticen la igualdad de oportunidades en su desarrollo académico El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con el ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas: Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas y con cualquier otro que se deduzca de la línea de investigación elegida
- El TFG, en cualquiera de sus modalidades, tendrá una extensión recomendable de entre 3 y 6 páginas por crédito ECTS, excluyendo anexos, índice y bibliografía
- La estructura del TFG deberá respetar los siguientes elementos:
a Portada, que contendrá el logo de la Universidad de Murcia y las menciones a la Facultad de Derecho, título del Grado, título del TFG, nombre del autor, nombre del tutor o tutora y convocatoria
b Índice completo con referencia a la página de cada apartado
c Resumen en español e inglés, con una extensión de 100 a 300 palabras en cada idioma
d Apartados propios del TFG
e Conclusiones
f Bibliografía y, en su caso, otras fuentes consultadas
g Anexos que, en su caso, se estime oportuno adjuntar
- Se recomienda un formato de presentación del TFG ajustado a las siguientes normas de estilo:
a Alineación justificada
b Configuración de página: 2,5 cm margen superior e inferior, 3 cm margen externo y 3,5 cm margen interno
c Tipo de letra en texto: Times New Roman o similar 12 p
d Interlineado general: múltiple 13
e Numeración de los apartados:
i Primer nivel: número romano en negrita no cursiva mayúscula: I
ii Segundo nivel: número arábigo sin negrita ni cursiva mayúscula: 1
iii Tercer nivel: dos números arábigos en cursiva sin negrita minúscula: 11
iv Cuarto nivel: tres números arábigos en cursiva sin negrita minúscula: 111
v Quinto nivel: cuatro números arábigos en cursiva sin negrita minúscula: 1111
f Notas al pie:
i Tipo de letra: Times New Roman o similar 10 p
ii Interlineado: múltiple, 11
iii Cita de monografía: apellidos (en mayúsculas) e inicial del nombre del autor, título de la obra (en cursiva), ciudad, editorial, año, página/s de la cita La cita completa será necesaria la primera vez que se cite en el TFG
iv Capítulo de libro: autor del capítulo (apellidos en mayúscula e inicial nombre), título del capítulo (entre comillas), autor/es de la obra completa (ejemplo: AAVV), director o coordinador de la obra (ejemplo: Dir nombre y apellidos sólo iniciales en mayúsculas), título de la obra completa (en cursiva), ciudad de publicación, editorial y páginas de la cita La cita completa será necesaria la primera vez que se cite en el TFG
v Cita artículo de revista: apellidos (en mayúsculas) e inicial nombre del autor, título del artículo (entre comillas), nombre de la revista (en cursiva), año de edición y páginas de la cita La cita completa será necesaria la primera vez que se cite en el TFG
vi Cita recursos electrónicos: indicación de la url y la fecha de acceso
g Bibliografía final: ficha completa, según sea monografía, capítulo de libro, artículo de revista o página web
h Numeración de páginas: el índice se numerará en romanos y el resto del trabajo en arábigos
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".