OBSERVACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN
Es necesario aprobar todos los instrumentos de evaluación para aprobar la asignatura. Los alumnos que no superen la asignatura en la primera convocatoria podrán conservar las calificaciones obtenidas en los instrumentos de evaluación que hayan logrado superar en la siguiente convocatoria a la que da derecho la matrícula. Si un alumno no supera la asignatura en ninguna de las convocatorias anuales a las que tiene derecho, tendrá que repetir íntegramente todos los instrumentos de evaluación en el curso siguiente.
Evaluación del alumnado acogido al art. 8.6 del REVA:
Los estudiantes que deseen acogerse al sistema de evaluación global por causa sobrevenida (art. 8.6 del REVA) deberán remitir una solicitud formal a la docente, indicando el motivo y aportando la documentación que justifique la imposibilidad de seguir la evaluación continua. En caso de ser aceptada, la prueba global consistirá en lo siguiente: realizar un trabajo final (60 %), entregar un portafolios con todas las prácticas del curso (20 %), y realizar una presentación oral sobre los contenidos teórico-prácticos de la asignatura para evaluar su comprensión, pensamiento crítico y habilidades comunicativas (20 %). Para aprobar la asignatura, hay que superar todos los instrumentos de evaluación.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".