OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE: Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: nº 3, nº 5 y nº 16 ODS: Salud y Bienestar, ODS: Igualdad de género y ODS: Paz, Justicia e instituciones sólidas.
ASISTENCIA A CLASE: Se recomienda la asistencia y participación activa de los estudiantes en el debate y en la resolución de supuestos prácticos que se generen en las clases y seminarios La asistencia a las clases teóricas es voluntaria No obstante, el profesorado podrá constatar la asistencia, variable que podrá ser tenida en cuenta en la calificación final de la asignatura.
BIOSEGURIDAD: En esta asignatura no se realizan prácticas en laboratorio.
GRABACIÓN DE IMAGEN Y SONIDO: Se prohíbe bajo cualquier circunstancia la grabación de audio y sonido de las distintas actividades de enseñanza-aprendizaje El profesor proporcionará los recursos audiovisuales que estime necesarios para los estudiantes.
IDENTIFICACIÓN: La identificación de los estudiantes en las distintas actividades es necesaria para un normal desarrollo y agilidad en los distintos escenarios de las actividades teóricas y prácticas, así como en el control de asistencia a los exámenes Por ello, es obligatorio el que el estudiante mantenga la fotografía visible y actualizada en la ficha del Aula Virtual y atienda las indicaciones del profesorado para verificar dicha identidad.
EXAMEN INCIDENCIAS: La modalidad de examen queda a criterio del profesorado de la asignatura.
EVALUACIÓN: Es necesario superar el examen final (4/8) (80%) para sumar las calificaciones de tareas de los seminarios y trabajo individual (20%).
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".