NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
EVALUACIÓN
En el procedimiento de evaluación resultarán de aplicación el artículo 135.1.v) de los Estatutos de la Universidad de Murcia, el artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) y la instrucción SG 18/2026 del secretario general de la Universidad de Murcia que interpreta estas normas, disponible en este enlace: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/instruccion-del-secretario-general-sg-18-2026-sobre-la-interpretacion-y-aplicacion-del-art-135-1-v-estatutos-umu/24199.pdf
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".
Para aprobar la asignatura, se debe superar (nota igual o superior a 5 sobre 10) tanto una parte teórica (T) con un peso del 60%, como una parte práctica (P) con un peso del 40%, correspondidentes a los sistemas de evaluación S1 y S4. La parte práctica (P) está sujeta a evaluación continua mediante la realización de varias pruebas en el laboratorio.
Dentro del mismo curso académico, el estudiante tendrá derecho a presentarse únicamente a las partes no superadas (T o P), manteniendo la calificación de las partes (T o P) ya superadas en una convocatoria previa con nota igual o superior a 5 sobre 10. Las notas correspondientes a las pruebas de laboratorio se guardan individualmente en sucesivas convocatorias dentro del curso académico. Si un alumno no ha superado alguna de las pruebas de la parte práctica durante la evaluación continua, podrá recuperarlas en las convocatorias en las que ya no se imparta la asignatura, dentro del curso académico.
En el caso en que, en convocatoria ordinaria, se haya superado alguna de las pruebas de la parte práctica, el alumno tendrá derecho a volver a examinarse de esa parte para subir nota. Para ello, deberá renunciar de forma explícita a su calificación actual, mediante correo electrónico al profesorado responsable de la asignatura, con una antelación mínima de 5 días naturales previos a la fecha del examen.