Para aprobar la asignatura, se debe superar (nota igual o superior a 5 sobre 10) tanto una parte teórica (T) con un peso del 60%, como una parte práctica (P) con un peso del 40%. Las prácticas (P) de la asignatura están sujetas a evaluación continua durante el periodo docente, esta evaluación se llevará a cabo mediante una serie de pruebas que se realizarán durante las sesiones de prácticas en el laboratorio. Dentro del mismo curso académico, el estudiante tendrá derecho a presentarse únicamente a las partes no superadas (T o P), manteniendo la calificación de las partes (T o P) ya superadas en una convocatoria previa con nota igual o superior a 5 sobre 10. Las prácticas no se guardan parcialmente, si un alumno no ha superado la parte práctica durante la primera convocatoria del curso deberá superar un examen de la parte práctica en las convocatorias sucesivas que incluirá toda la materia del curso.
Se obtendrá la calificación "No presentado" cuando el estudiante no haya realizado ninguna de las pruebas de evaluación en la convocatoria correspondiente.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".