NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
EVALUACIÓN
En el procedimiento de evaluación resultarán de aplicación el artículo 135.1.v) de los Estatutos de la Universidad de Murcia, el artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) y la instrucción SG 18/2026 del secretario general de la Universidad de Murcia que interpreta estas normas, disponible en este enlace: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/instruccion-del-secretario-general-sg-18-2026-sobre-la-interpretacion-y-aplicacion-del-art-135-1-v-estatutos-umu/24199.pdf
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".
Los criterios para establecer la nota que aparecerá en el acta son los siguientes:
- Si el alumno no se presenta al examen de teoría ni realiza ninguna entrega de prácticas, su calificación será "No Presentado"
- Si el alumno supera una parte y no se presenta a la otra, su calificación será "No Presentado"
- Si el alumno suspende una parte y no se presenta a la otra, su calificación será "Suspenso" con la mitad de la nota de la parte suspensa. En este caso, la calificación numérica reflejada en el acta no sería superior a 4,5.
- Si el alumno suspende una parte y aprueba la otra, su calificación será "Suspenso" con la media ponderada. Si esa media fuera igual o superior a 4,5 la calificación numérica reflejada en el acta sería 4,5
- Cuando el alumno apruebe o suspenda las dos partes, su calificación será el resultado de aplicar la media ponderada. Esto será así en cualquier convocatoria.
Objetivos de Desarrollo Sostenible: Esta asignatura no se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
En la convocatoria en la que se imparte la docencia de esta asignatura (convocatoria I) no existe derecho a recuperar la evaluación continua compuesta por los sistemas de evaluación SE3 y SE4, salvo en los casos del art. 8.6 del REVA. En estos casos, la prueba global consistirá en una prueba escrita final de evaluación individual (65 %, evalúa los SE1 y SE3) y la entrega de los trabajos que se prevean (35 %, evalúa el SE4).
La calificación de la evaluación continua (SE3 y prácticas de SE4 aprobadas) se conservará en las siguientes convocatorias hasta que la asignatura se vuelva a impartir, salvo que se solicite su recuperación (volver a evaluar, renunciando a su conservación). En las convocatorias siguientes a aquella en la que se imparte la docencia, el estudiante podrá solicitar la recuperación de los sistemas de evaluación SE3 y SE4 que no haya superado. Quienes deseen recuperar su calificación del SE4 entregarán los trabajos a través de la herramienta “Tareas” en los plazos indicados en el llamamiento publicado en el sitio de la asignatura (AV). El Sistema de Evaluación SE3 se recuperará mediante el examen final, que se realizará en la fecha indicada en el llamamiento publicado en el sitio de la asignatura (AV), y que contará un 65% en lugar de un 50%, de modo que se puede optar a la máxima calificación.