- EVALUACIÓN: Para los exámenes de incidencias, no se variará el tipo de evaluación.
- PRÁCTICAS: La realización de todas las prácticas de la asignatura es obligatoria y necesaria para poder superar la asignatura.
Los profesores de la asignatura establecerán los grupos de prácticas por orden alfabético y sólo se admitirán cambios en los mismos mediante permuta, para no interferir en el desarrollo de las mismas.
- Se penalizarán las prácticas relacionadas con el plagio y con las incorrecciones en el uso de la documentación.
- BIOSEGURIDAD: Los alumnos que asistan a las prácticas de la asignatura deberán tener en cuenta las normas de Bioseguridad generales en el laboratorio, tales como la observación de los signos indicativos de peligro, el conocimiento de las salidas de emergencia, o el empleo de bata (siempre obligatorio), o guantes, mascarilla o gafas, cuando los procedimientos llevados a cabo así lo recomienden.
- GRABACIÓN DE IMAGEN Y/O AUDIO: Salvo autorización expresa por parte del profesor, no está permitida la grabación total o parcial, tanto de sonido como de imagen, de las clases, seminarios o prácticas de la asignatura.
- Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 3 "Salud y Bienestar" y 9 "Industria, Innovación e Infraestructura".
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".