El profesor llevará a cabo una evaluación continua para establecer los conocimientos adquiridos por el alumno, de manera que a lo largo del curso, durante las clases teóricas, prácticas y tutorías, se plantearán cuestiones que podrán ser resueltas de forma oral o escrita Además, se realizarán dos controles parciales correspondientes a las materias impartidas en el primer y segundo cuatrimestre, y un examen final, en los que se plantearán preguntas de desarrollo y/o de tipo test, así como problemas de aplicación de la teoría Los controles parciales serán eliminatorios a partir de una nota de 5 puntos Aquellos alumnos que no hayan superado por curso las distintas partes de la asignatura, se presentarán al examen final, que englobará el contenido correspondiente al parcial/es no superado/os.
Las tutorías y las prácticas de la asignatura tienen carácter obligatorio.
La asignatura no se podrá aprobar hasta que se tengan las prácticas aprobadas (asistencia a todas las sesiones y presentación del informe con los resultados obtenidos y su discusión).
Esta asignatura se encuentra vinculda de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sotenible: nº 13 Acción por el clima y nº 15 Vida y ecosistemas terrestres.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".