SOBRE LA COMUNICACIÓN CON EL PROFESORADO
El medio de comunicación será preferentemente a través del Aula Virtual y, más concretamente a través de mensajes privados en el Aula virtual o de mensajes en el foro de la asignatura No se aceptarán mensajes procedentes de direcciones de correo donde no se certifique la identidad del usuario/a, ni se admitirán trabajos fuera de plazo o por otro medio de entrega diferente del establecido en clase El estudiante podrá acudir al horario de atención para plantear cuestiones relacionadas con la materia, pero previamente deberá pedir cita al profesorado a través de correo electrónico o de mensaje privado en el Aula Virtual Tambien se podrá utilizar el horario de atención establecido en la guía para la realización de tutorias individuales
EVALUACIÓN DE ALUMNOS NO PRESENCIALES
Los alumnos deberán comunicar y justificar documentalmente al profesorado su situación de no presencialidad dentro del primer mes de clases desde el inicio del cuatrimestre La evaluación consistirá en 3 puntos la entrega del portafolios con el plan de prácticas acordado Siendo necesario obtener 1,5 puntos para que se sume a la parte teórica
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV; http://wwwumes/adyv/) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016 El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".