Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con algunos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en concreto con el número 3 "Salud y Bienestar", a la hora de desarrollar las competencias motrices de los escolares para que puedan adquirir hábitos de prácticas saludables en su tiempo de ocio extraescolar. Asimismo, también se relaciona con el número 4 "Educación de calidad" por llevarse a cabo un tipo de evaluación formativa y metodologías activas que propician la adquisición de habilidades docentes por parte del alumnado.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV; http://wwwumes/adyv/) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
Para superar la asignatura con la ponderación establecida en el sistema de evaluación, los estudiantes deberán asistir, como mínimo, al 85% de las sesiones prácticas. En el caso de no cumplir este requisito, el alumno será evaluado mediante un sistema alternativo (suficiencia práctica) cumpliendo con los Estatutos de la Universidad de Murcia en cuanto a derechos de los estudiantes (Art 167) y la regulación de asistencia a clase (Art 98). En tal caso, los estudiantes deberán documentar adecuadamente la imposibilidad de cumplir con la presencialidad exigida. Esta otra opción de evaluación, supone, además de los instrumentos definidos en la evaluación, un examen de suficiencia práctica compuesto por supuestos teórico-prácticos en los que deberá acreditar que ha desarrollado las competencias definidas para esta materia. Este examen tendrá una evaluación de APTO o NO APTO Para obtener el APTO, deberá alcanzar, al menos una calificación de 5 puntos, en cada una de las preguntas
Para superar la asignatura, el alumnado que acredita una asistencia superior al 85% deberá obtener en cada instrumento de evaluación, al menos, la mitad de la puntuación establecida en cada uno de ellos. En el caso del alumnado que opte por el sistema de suficiencia práctica, deberá superar con un APTO el examen correspondiente a esta opción. Una vez superado, la calificación se calculará mediante los instrumentos de evaluación definidos en el apartado de evaluación.
En ambos sistemas de evaluación, en caso de suspenso se respetará la puntuación del alumno en los apartados superados para sucesivas convocatorias del mismo curso académico.
El hecho de presentarse a cualquiera de los instrumentos en una convocatoria implicará que el alumno se ha presentado a la misma.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".