Para superar la asignatura, los estudiantes deberán obtener en todos los apartados de evaluación al menos la mitad de la puntuación establecida para cada uno de ellos Las partes superadas se respetarán hasta la convocatoria de julio del año académico en curso.
Dada la naturaleza y enfoque de la asignatura, es necesaria la asistencia a clase para poder superarla con garantías. No obstante, solo en casos muy justificados, para el alumnado que acredite debidamente la imposibilidad de cumplir con la presencialidad mínima exigida, el sistema de evaluación a aplicar será el mismo que para el resto, si bien tendrá que realizar en compensación los trabajos o tareas adicionales que determine el docente.
Los alumnos tendrán que confeccionar un cancionero, a partir de las instrucciones que se dicten al respecto, y entregarlo antes de finalizar el curso.
Semanalmente, tendrán que subir a la carpeta personal del Aula Virtual las tareas encomendadas (creación de prosodias, canciones, etc.), algunas de las cuales tendrán también que interpretar en clase, ya sea de modo individual o en grupo. A la conclusión del curso, tendrán que recopilarlas todas ellas en un dosier, que subirán así mismo al Aula Virtual.
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 ``Educación de calidad''.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".