La parte obligatoria de la asignatura (parte práctica) debe superarse con al menos 3,5 puntos sobre 7. El trabajo de investigación, opcional, sumará una puntuación de hasta 3 puntos, sumando como máximo 1,5 por el trabajo en sí y 1,5 por la presentación.
El alumno, con las partes presentadas, deberá sumar al menos 5 puntos para superar la asignatura. En el caso de no presentar los boletines de prácticas, la calificación será de "no presentado". En caso de haber presentado los boletines de prácticas y no haber conseguido al menos 5 puntos en total (práctica trabajo opcional), su nota será "suspenso" con la correspondiente ponderación. Las partes aprobadas se guardan hasta la siguiente convocatoria de febrero.
En esta asignatura se ven aspectos de ODS 9 (Industria, innovación e infraestructura), ya que los sistemas distribuidos se utilizan para mejorar los sistemas industriales y ODS 7 (Energía asequible y no contaminante), ya que la distribución del procesamiento en dispositivos pequeños ayuda a la disminución de la potencia energética necesaria.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".