La asistencia a las clases prácticas de laboratorio es obligatoria.
Convocatoria de enero, evaluación continua. Resumen de la evaluación agrupada por actividades:
Evaluación final: 70%. Se valorará el dominio de la materia correspondiente a la asignatura, así como su corrección en la expresión escrita y la claridad expositiva.
Seminarios y tutorías: 15%. Se valorará la capacidad de resolución de los ejercicios y problemas relacionados con cada tema de teoría. Se realizarán controles breves en el horario asignado a tales actividades.
Prácticas de laboratorio: 15%. Se desglosa como sigue:
1) Realización obligatoria de las prácticas de laboratorio (8%). Se valorará la correcta realización de experimentos y la comprensión de los mismos, así como la utilización correcta del lenguaje y el uso adecuado de la terminología química.
2) Un control de supuestos prácticos a la finalización de las prácticas de laboratorio (7%).
Convocatorias extraordinarias de mayo-junio y junio-julio. La ponderación será 85% para la prueba escrita y 15% para la de prácticas de laboratorio.
En cualquiera de las convocatorias será necesario conseguir una calificación de al menos 4 puntos sobre 10 en la prueba escrita de evaluación para sumar cualquier otra puntuación.
El estudiante que no pueda seguir el proceso de evaluación continua en la convocatoria de enero, por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global (con una ponderación similar a la de una convocatoria extraordinaria). En este caso, el estudiante deberá solicitar y justificar sus circunstancias a la coordinadora de la asignatura en un plazo de 15 días a partir del primer día de clase).
Los alumnos repetidores conservarán la nota de prácticas del año en que las realizaron, aunque podrán repetir dichas prácticas con objeto de cambiar su calificación.
Seguridad en el laboratorio: El estudiante que acceda al laboratorio se comprometerá a respetar las normas de prevención establecidas en dicho laboratorio y a seguir, en todo momento, las indicaciones del profesor. En caso de no hacerlo, el profesor podrá expulsar de forma inmediata del laboratorio al estudiante, además de que recaerá sobre él la responsabilidad de cualquier incidencia que se pueda derivar de su comportamiento.
La asistencia a las actividades programadas por la Facultad de Química (conferencias, charlas informativas, etc) podrá ser tenida en cuenta como una actividad adicional y evaluable de los seminarios de la asignatura, si procediese.
El inglés es el idioma de comunicación científica Saber escribir, leer y hablar en inglés es esencial para comprender, aprender y comunicar la Ciencia. El reconocimiento del Grado de Ingeniería Química con el Sello Internacional de Calidad Eur-ACE supone que los alumnos han adquirido competencias y destrezas en inglés en todas sus materias. En esta asignatura, se facilitará material docente en inglés.
El plagio y/o copia en cualquier proceso de la evaluación de la asignatura es un comportamiento fuera de toda ética y llevará como consecuencia, de forma automática, al suspenso en la asignatura, con la calificación de cero.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".