- La asistencia a las clases prácticas y la realización de las actividades de evaluación continua señaladas en los instrumentos de evaluación SE3 y SE4 (problemas, trabajos, seminarios.) son obligatorias
- La nota correspondiente a los instrumentos de evaluación continua (SE2, SE3 y SE4) se guardará durante las convocatorias de junio y julio del curso académico 2024/2025 y la convocatoria de febrero del curso académico 2025/2026
- La nota correspondientes a la prueba intermedia (SE2: 1 punto y SE3: 1 punto) es recuperable en el examen final, pero la nota que se obtiene con la participación activa en clase (SE4: 1 punto) no es recuperable
- El/la alumno/a que no se presente al examen final de la asignatura obtendrá la calificacion de "No presentado/a" en el acta (aunque haya obtenido alguna puntuación en la evaluación continua)
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible nº 7, ENERGÍA ASEQUIBLE Y NO CONTAMINANTE; nº 9 : INDUSTRIA, INNOVACIÓN E INFRAESTRUCCTURA y nº 12:PRODUCCIÓN Y CONSUMO RESPONSABLES
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".