Esta asignatura no se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
CONSIDERACIONES ACERCA DE LA EVALUACIÓN
La nota que aparecerá en el acta de cada convocatoria responderá al siguiente criterio:
Para poder superar la asignatura en cualquiera de las convocatorias (febrero, junio, julio), el alumno deberá aportar al profesor todas aquellas evidencias necesarias para poder realizar una evaluación global. Para esta asignatura se consideran evidencias las dos siguientes:
- Presentarse físicamente al examen de teoría en la fecha y hora establecidos en el pertinente llamamiento, rellenar sus datos, firmar y entregar el examen al profesor.
- Superar el control de prácticas y realizar la entrega de la práctica final. El cauce para hacerlo será el depósito de la memoria y los ficheros con el código de la práctica en el aula virtual.
En este caso y para cada convocatoria:
- Si el estudiante ha aportado todas las evidencias de evaluación que permitan una calificación global de la asignatura, se consignará en el acta la calificación global que proceda tras aplicarle los criterios de evaluación: Suspenso, Aprobado, Notable, Sobresaliente, Matricula de Honor Para obtener una nota distinta de "Suspenso" será necesario aprobar ambas partes (teoría y prácticas).
- Si el estudiante NO ha aportado TODAS las evidencias de evaluación que permitan una calificación global de la asignatura, se consignará en el acta la calificación de "No Presentado". En caso de entregar el proyecto y no realizar el control o no presentarse a la entrevista (si es convocado), la nota de prácticas será "Suspenso".
Si el estudiante sólo ha aportado una de las dos evidencias necesarias para aprobar y ha superado la parte correspondiente, la calificación de dicha parte se guardará para las convocatorias extraordinarias siguientes (julio y enero). Una vez que la asignatura empiece a impartirse de nuevo, el alumno perderá la calificación favorable relacionada con esa parte.
En el caso de plagio, copia o utilización de medios fraudulentos en las diferentes pruebas, se aplicará el artículo 23 del Reglamento de Convocatoria, Evaluación y Actas de la Universidad de Murcia, que conllevará suspender la prueba y, en su caso, podrá ser objeto de sanción previa apertura de expediente académico. Por otro lado, perderá el derecho a conservar para posteriores convocatorias la calificación favorable de cualquier otra evidencia presentada.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".