NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
EVALUACIÓN
En el procedimiento de evaluación resultarán de aplicación el artículo 135.1.v) de los Estatutos de la Universidad de Murcia, el artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) y la instrucción SG 18/2026 del secretario general de la Universidad de Murcia que interpreta estas normas, disponible en este enlace: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/instruccion-del-secretario-general-sg-18-2026-sobre-la-interpretacion-y-aplicacion-del-art-135-1-v-estatutos-umu/24199.pdf
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 5 Igualdad de género y 10 Reducción de las desigualdades.
Para superar la asignatura y que puedan computarse las calificaciones obtenidas en el resto de instrumentos de evaluación, el alumnado deberá obtener una calificación igual o superior a 4,5 sobre 10 en el examen final (SE1).
En la convocatoria en la que se imparte la docencia de esta asignatura no existe derecho a recuperar la evaluación continua compuesta por los sistemas de evaluación SE2, SE3 y SE4, salvo en los casos del art. 8.6 del REVA. En estos casos, la prueba global consistirá en un examen final escrito teórico-práctico (traducción y comentario), sobre el temario de la materia y las obras traducidas durante el curso, de características, extensión y dificultad equivalentes a las trabajadas durante el curso y que garantice la adquisición de todos los resultados de aprendizaje.
La calificación de la evaluación continua se conservará en las siguientes convocatorias hasta que la asignatura se vuelva a impartir, salvo que se solicite su recuperación.
En las convocatorias siguientes a aquella en la que se imparte la docencia, el estudiante podrá solicitar la recuperación de los sistemas de evaluación SE2, SE3 y SE4 que no haya superado. El periodo establecido para la solicitud de la recuperación de este instrumento de evaluación será de 7 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de las actas de la convocatoria anterior y se realizará a través del Aula Virtual. Los sistemas de evaluación SE2, SE3 y SE4 se recuperarán de manera conjunta mediante un informe escrito y una entrevista individual que permitan comprobar la adquisición de las competencias evaluadas y resultados de aprendizaje asociados a estos instrumentos de evaluación.