A través de las herramientas "anuncios" y "mensajes privados" del Aula Virtual, se comunicarán cuantas precisiones sean necesarias en el curso de la docencia. El profesor ofrecerá materiales de elaboración propia en la herramienta "Recursos" del Aula Virtual para complementar las clases teóricas (resúmenes, tablas, esquemas.) como para poder seguir las clases prácticas (digitalizaciones de documentos, ediciones de documentos, formularios).
Los alumnos tienen la obligación de presentar las prácticas y de asistir a un mínimo del 75% de las prácticas para poder ser evaluados. Las faltas de asistencia por encima de ese mínimo deberán ser pertinentes y siempre justificadas documentalmente.
Los alumnos pueden acogerse a esa exención de prácticas por motivos laborales en las convocatorias realizadas a tal efecto por la comisión académica del grado de historia, si su petición es aprobada, el alumno está obligado a ponerse en contacto con el profesor lo antes posible para realizar las prácticas de forma no presencial durante el periodo lectivo.
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 4 "Educación de calidad" y 16 "Paz, justicia e instituciones sólidas".
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".