1) Durante el curso se irá aportando referencias bibliográficas especializadas de apoyo y artistas de referencia
2) PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
-Evaluación continua a través del seguimiento de trabajo presencial en el aula-taller y no presencial
-Evaluación continua a través de la exposición de proyectos y resultados
-Evaluación global del proceso de aprendizaje y la adquisición de competencias y conocimientos
-Calificación final numérica de 0 a 10 según la legislación vigente
3) OBSERVACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIAS DE JULIO
Los Instrumentos de evaluación: "Asistencia a clase y participación en seminarios y debates" no se tendrán en cuenta y el 5% de la ponderación se considerará a partes iguales en los instrumentos de evaluación de "Prácticas de producción artística" que queda con un 35% cada práctica y "Ensayos, dossieres y memorias" que queda con un 22,5%
4) "Aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales pueden dirigirse al servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV) para recibir la orientación o asesoramiento oportuno para un mejor aprovechamiento de su proceso formativo, y la activación de las adaptaciones previstas de contenidos, metodología y evaluación necesarios"
https://wwwumes/adyv/diversidad/asesoramiento/indexphp
5) La asignatura Procedimientos Audiovisuales de la Escultura se rige por el REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES (REVA) (Aprobado en sesión de Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2019) https://sedeumes/sede/normativa/reglamentode-convocatoria-evaluacion-y-actas-2011-aplicable-a-grados-y-masteres-/pdf/80pdf Con el fin de conservar todas las actividades evaluables durante dos años, tal como indica el Reglamento UM, los y las estudiantes subirán al espacio del AV de la asignatura a Tareas 1,2,3,4,5,6,7,8 en formato digital todas las evidencias de sus trabajos
"Todas las prácticas de la asignatura tienen carácter obligatorio/optativo según indicaciones, tal y como el artículo 86 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé: " Salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global" y Art 92 "Salvo que la naturaleza de la prueba lo impida, a aquel o aquella estudiante que acredite debidamente su imposibilidad de participación en una determinada prueba, y a criterio del departamento, se le ofrecerá la posibilidad de efectuar actividades que suplan la prueba establecida"
Será necesario solicitar y justificar documentalmente, con antelación a la primera fecha de entrega de actividades evaluables las circunstancias que acreditan la necesidad de prueba global o entregas alternativas La misma se realizará a la vez que el examen de la evaluación ordinaria"
6) El cronograma de la asignatura estará en la pestaña de recursos
7) En la pestaña Recursos del AV se encuentra una selección bibliográfica en pdfs, una base de datos de videoartistas con enlace También aparecen publicaciones docentes en pdf sobre arte y nuevas tecnologías y las presentaciones en ppt de los dos bloques teóricos de las dos prácticas de la asignatura
8) Durante el curso se facilitará al alumnado el enlace al curso MOOC: ¿Cine expandido: la imagen proyectada en el arte contemporáneo¿
9) Para información adicional ver plan de contingencia versión 4 PC4
10) Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los objetivos de desarrollo sostenible
3-Salud y bienestar
4-Educación de calidad
12-Producción y consumo responsable
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".