EVALUACIÓN
La asignatura Pintura y Técnica Audiovisuales II se rige por el REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES (REVA)(Aprobado en sesión de Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2019) https://sedeumes/sede/normativa/reglamento-de-convocatoria-evaluacion-y-actas-2011-aplicable-a-grados-y-masteres-/pdf/80pdf
En esta asignatura se realizará evaluación continua que valore tanto el contenido teórico como el práctico. Para ello, se efectuará un seguimiento constante de la evolución del alumnado para detectar y poder corregir las dificultades de aprendizaje que se observen. La evaluación tendrá en cuenta la adquisición de competencias por parte del alumnado. Asimismo, se tendrá en cuenta la puntualidad a la hora de entregar los trabajos, las fechas de entrega se detallarán en el cronograma disponible en Recursos en el Aula Virtual que se podrá ir actualizando.
En todo momento docentes y estudiantes deberán cumplir con el «Reglamento de convocatoria, evaluación y actas»de la Universidad de Murcia.
Todas las prácticas de la asignatura tienen carácter obligatorio/optativo según indicaciones, tal y como el artículo 86 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé: "Salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global" y Art 92 "Salvo que la naturaleza de la prueba lo impida, a aquel o aquella estudiante que acredite debidamente su imposibilidad de participación en una determinada prueba, y a criterio del departamento, se le ofrecerá la posibilidad de efectuar actividades que suplan la prueba establecida".
Será necesario solicitar y justificar documentalmente, con antelación a la primera fecha de entrega de actividades evaluables las circunstancias que acreditan la necesidad de prueba global o entregas alternativas. La misma se realizará a la vez que el examen de la evaluación ordinaria.
Los alumnos deberán aprobar con una calificación de, al menos, cinco puntos para superar la asignatura. En el caso de que, tras la participación activa en clase durante el curso, la realización de las actividades propuestas y la calificación obtenida no fuese suficiente para superar la materia en la convocatoria de enero, el alumno deberá realizar el examen teórico ó práctico correspondiente en las convocatoria de junio o julio, conservando las notas obtenidas en los trabajos realizados o presentar modificaciones para mejorar.
Para poder aspirar a matricula el alumno deberá obtener al menos un 9. Aún así, la MH será otorgada siempre a criterio de los docentes y se podrá plantear la realización de algún trabajo específico para obtener la Matrícula de Honor.
En la convocatoria extraordinaria, la ponderación de evaluación dedicada en convocatoria ordinaria a " Asistencia clase" y a "Trabajo de estudio y laboratorio de práctica artística" será recuperado mediante un trabajo específico puesto por el docente para realizar durante la sesión de examen o anteriormente a ésta. Queda de la siguiente manera:
CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA
Instrumentos de Evaluación SE09 Exposiciones y presentación de trabajos.
Criterios a Evaluar Coherencia de forma y contenido. Comunicación y receptividad.
Ponderación 20 %
Instrumentos de Evaluación SE06- Trabajo Final.
Criterios a Evaluar Desarrollo técnico, composición, utilización de los contenidos del curso. Creatividad. Grado de experimentación.
Ponderación 60 %
Instrumentos de Evaluación SE08- Valoración final de informes, trabajos, proyectos, etc. Memorias.
Criterios a Evaluar Desarrollo Técnico Composición. Diligencia y calidad de ejecución. Desarrollo Creativo.
Ponderación 20 %
Total 100 %
Esta asignatura no se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) prevé que "salvo en el caso de actividades definidas como obligatorias en la guía docente, si el o la estudiante no puede seguir el proceso de evaluación continua por circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, tendrá derecho a realizar una prueba global".
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".