NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales podrán dirigirse al Servicio de Atención a la Diversidad y Voluntariado (ADYV - https://www.um.es/adyv) para recibir orientación sobre un mejor aprovechamiento de su proceso formativo y, en su caso, la adopción de medidas de equiparación y de mejora para la inclusión, en virtud de la Resolución Rectoral R-358/2016. El tratamiento de la información sobre este alumnado, en cumplimiento con la LOPD, es de estricta confidencialidad.
EVALUACIÓN
En el procedimiento de evaluación resultarán de aplicación el artículo 135.1.v) de los Estatutos de la Universidad de Murcia, el artículo 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) y la instrucción SG 18/2026 del secretario general de la Universidad de Murcia que interpreta estas normas, disponible en este enlace: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/instruccion-del-secretario-general-sg-18-2026-sobre-la-interpretacion-y-aplicacion-del-art-135-1-v-estatutos-umu/24199.pdf
Se recuerda asimismo que el artículo 22.1 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes (REVA) estipula que "el o la estudiante que se valga de conductas fraudulentas, incluida la indebida atribución de identidad o autoría, o esté en posesión de medios o instrumentos que faciliten dichas conductas, obtendrá la calificación de cero en el procedimiento de evaluación y, en su caso, podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario".
La nota final de la asignatura será la suma de todos los apartados reseñados en la evaluación, teniendo en cuenta que es necesario alcanzar una calificación igual o superior a Aprobado, en el examen y en los trabajos, para aprobar la asignatura.
Las prácticas y demás actividades de evaluación continua —identificadas en esta guía como SE2 — deberán realizarse y entregarse durante el periodo docente, en los plazos establecidos por el profesorado. En la convocatoria en la que se imparte la asignatura, estas prácticas y actividades no podrán recuperarse, salvo en los casos previstos en el art. 8.6 del Reglamento de Evaluación de Estudiantes. En esos casos, se realizará una prueba o actividad equivalente que permita evaluar los mismos resultados de aprendizaje.
La calificación obtenida en las prácticas y actividades de evaluación continua se conservará en las siguientes convocatorias del curso académico, al menos hasta que la asignatura vuelva a impartirse, salvo que el estudiantado solicite su recuperación. En las convocatorias posteriores a la de impartición de la asignatura, el estudiantado que no haya realizado o no haya superado dichas prácticas o actividades podrá solicitar su recuperación. La solicitud deberá realizarse mediante correo electrónico al profesorado responsable en los cinco días siguientes a la publicación del llamamiento en el Aula Virtual.
La recuperación se realizará mediante la entrega de trabajos, ejercicios o actividades equivalentes a través de la herramienta “Tareas”, en los plazos indicados en el llamamiento publicado en el sitio de la asignatura en el Aula Virtual.
Esta asignatura se encuentra vinculada de forma directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: 3 salud y bienestar, 5 igualdad de género, 11 ciudades y comunidades sostenibles